Tasas por retirada de vehículos 2013
| PRECIO TRASLADO GRÚA | MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES, BICICLETAS, CARROS Y SIMILARES | TURISMOS Y VEHÍCULOS DE CARACTERÍSTICAS ANÁLOGAS | CAMIONES, TRACTORES, REMOLQUES, CAMIONETAS, FURGONETAS, TODOTERRENO, MONOVOLUMEN Y VEHÍCULOS ANÁLOGOS | VEHÍCULOS SUPERIORES A 5000 KG |
| 60,40 € | 147,55 € | 181,60 € | 181,60 € * |
| PRECIO ESTANCIA / HORA | MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES, BICICLETAS, CARROS Y SIMILARES | TURISMOS, CAMIONETAS, FURGONETAS Y VEHÍCULOS DE CARACTERÍSTICAS ANÁLOGAS | CAMIONES, TRACTORES, REMOLQUES, CAMIONETAS, FURGONETAS, TODOTERRENO, MONOVOLUMEN Y VEHÍCULOS DE CARACTERÍSTICAS ANÁLOGAS CON TONELAJE SUPERIOR A 1.000 KG SIN REBASAR LOS 5.000 KG | VEHÍCULOS SUPERIORES A 5000 KG |
| 0,85 € | 1,85 € | 3,75 € | 4,40 € | |
| PRECIO ESTANCIA MÁXIMA / DIA | 8,45 € | 19,20 € | 38,50 € | 68,00 € |
| PRECIO TRANSPORTES COMPLEMENTARIOS | ENTRE DEPÓSITOS DEL CASCO URBANO | |||
| 10,25 € | 57,05 € | 83,00 € | 83,00 € ** | |
| A DEPÓSITOS DE LA PERIFERIA | ||||
| 13,45 € | 68,00 € | 113,45 € | 113,45 € ** | |
* incrementado en 28,65 € por cada 1000kg o fracción que exceda
de los 5000kg.
** incrementado en 33,75 € por cada 1000kg o fracción que exceda de
los 5000kg.
FORMA DE PAGO: Pago único en el momento de la gestión de retirada, en efectivo o con tarjeta (excepto American Express)
IMPORTANTE: Le rogamos consulte LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA, para solventar cualquier duda sobre las tasas aplicables.
No están sujetos a la tasa la retirada y depósito de aquellos
vehículos, que estando debidamente estacionados, sean retirados por
impedir y obstaculizar la realización de un servicio público de
carácter urgente como extinción de incendios, salvamentos y otros
de naturaleza análoga. En aplicación de lo dispuesto en el apartado
9 del artículo 91 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de
Madrid, los vehículos que se encuentren depositados en las bases de
Madrid Movilidad, S.A. por motivo de accidente y los que sean
retirados por dicha causa, se entregarán a sus titulares estando
exentos del pago de las tasas establecidas en la Ordenanza
Fiscal.
Tampoco están sujetos a la tasa en el supuesto de vehículos
robados, circunstancia que deberá acreditarse mediante la
aportación de la copia de la denuncia presentada por su
sustracción, sin perjuicio de las comprobaciones que se efectúen
por la Policía o por los Agentes de Movilidad.
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