1. Mi vehículo ha sido retirado por la grúa. ¿Cómo puedo localizarlo?
|
2. No estoy de acuerdo con la denuncia
que ha ocasionado la retirada de mi vehículo, ¿Cómo puedo reclamar?
|
3. No estoy de acuerdo con la liquidación efectuada al retirar el vehículo de un depósito municipal ¿Cómo puedo reclamar?
|
4. ¿A partir de qué hora empieza a cobrarse el depósito del vehículo?
|
5. ¿Tengo la obligación de recoger mi vehículo antes de 48 horas?
|
6. ¿Cuál es el desglose de pagos que debo de efectuar para recuperar mi vehículo en sus instalaciones?
|
7. ¿Por qué tengo que abonar las tasas en Colón
ó Ntra. Sra. de El Recuerdo los fines de semana y por la noche, si mi vehículo no está en dicha base?
|
8. ¿Es madrid /// movilidad la entidad encargada de gestionar el Servicio de Estacionamiento Regulado (S.E.R.)?
|
9. ¿Deben los conductores de madrid /// movilidad detenerse y retirar un vehículo a requerimiento de un ciudadano?
|
10. ¿Debo llamar a madrid /// movilidad si un vehículo obstaculiza la salida o entrada de mi vehículo?
|
11. Hay un vehículo abandonado desde hace tiempo cerca de mi casa.
¿Que trámite debo llevar a cabo para solicitar su recogida?
|
12. ¿Qué trámites he de seguir para dar de baja mi vehículo en Tráfico?
|
 |
 |
 |
| 1. Mi vehículo ha sido retirado por la grúa. ¿Cómo puedo localizarlo? |
| Puede utilizar la herramienta "localice su vehículo" de este web site, llamar al número de teléfono 917877292, o enviar
SAM (espacio) Matrícula, al 7724. |
 |
 |
| 2. No estoy de acuerdo con la denuncia que ha
ocasionado la retirada de mi vehículo, ¿Cómo puedo reclamar? |
|
Debe remitir su reclamación escrita al Departamento de Instrucción de Multas de
Circulación de la Dirección General de Movilidad, sito en c/ Albarracín, 33 28037
Madrid. |
 |
 |
| 3. No estoy de acuerdo con la liquidación efectuada al retirar el vehículo de un depósito municipal, ¿Cómo puedo reclamar? |
|
Puede tramitar su recurso de reposición contra la liquidación de la Tasa por Retirada de
Vehículos de la Vía Pública abonada, mediante escrito con sus alegaciones y copia del abonaré,
dirigida al Dpto. de Recursos y Régimen Jurídico del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad,
sito en Paseo de Recoletos, 5 4ª planta 28004 Madrid, o en bien en cualquier
Oficina Municipal de Registro.
|
 |
 |
| 4. ¿A partir de qué hora empieza a cobrarse el depósito del vehículo? |
Por estancias inferiores o iguales a una hora, será facturada esta fracción con el importe correspondiente a su tipo de vehículo.
Consulte tarifas en la sección madrid /// movilidad, en el apartado bases de madrid /// movilidad, de este sitio web.
|
 |
 |
| 5. ¿Tengo la obligación de recoger mi vehículo antes de 48 horas? |
|
No, pero el importe aumentará proporcionalmente al tiempo de depósito de su vehículo.
|
 |
 |
| 6. ¿Cuál es el desglose de pagos que debo de efectuar para recuperar mi vehículo en sus instalaciones? |
|
Consulte tarifas en la sección madrid /// movilidad, en el apartado bases de madrid /// movilidad, de este sitio web.
|
 |
 |
| 7. ¿Por qué tengo que abonar las tasas en Colón
ó Ntra. Sra. de El Recuerdo los fines de semana y por la noche, si mi vehículo no está en dicha base? |
|
Tanto por las noches como el fin de semana, las únicas bases que tienen personal de cobros 24 horas y 7 días a la semana
son estas. Tras este trámite podrá dirigirse, con el justificante de pago, hacia la base en la que esté depositado su vehículo.
|
 |
 |
| 8. ¿Es madrid /// movilidad la entidad encargada de gestionar el Servicio de Estacionamiento Regulado (S.E.R.)? |
No, aunque madrid /// movilidad pertenezca al Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid que gestiona el S.E.R., no es competencia de esta empresa este servicio.
Si desea información sobre el
S.E.R., le rogamos consulte la Sección de Transporte Regulado en la
web de Ayuntamiento.
|
 |
 |
| 9. ¿Deben los conductores de madrid /// movilidad detenerse y retirar un vehículo a requerimiento de un ciudadano? |
|
Los únicos servicios que realizan los conductores o ayudantes de madrid /// movilidad son aquellos que han sido requeridos o validados por Policía, Agentes de Movilidad
y Medio Ambiente. |
 |
 |
| 10. ¿Debo llamar a madrid /// movilidad si un vehículo obstaculiza la salida o entrada de mi vehículo? |
|
Para solucionar su problema debería ponerse en contacto con un agente de Policía Municipal en el 092 ya que los únicos servicios que realizan los conductores o ayudantes de madrid /// movilidad son aquellos que han sido requeridos o validados por Policía Municipal, Agentes de Movilidad
y Medio Ambiente.
|
 |
 |
| 11. Hay un vehículo abandonado desde hace tiempo
cerca de mi casa. ¿Que trámite debo llevar a cabo para solicitar su recogida? |
|
Debe ponerse en contacto con el Ayuntamiento de Madrid en el teléfono 010 o
mediante el formulario habilitado para tal fin en la Web www.munimadrid.es |
 |
 |
| 12. ¿Qué trámites he de seguir para dar de baja mi vehículo en Tráfico? |
|
El primer paso es ponerse en contacto con un Centro Autorizado del Tratamiento (desguace) y será allí donde le indiquen los procedimientos a seguir.
|