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documentación y tasas
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DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA GESTIÓN DE LA RETIRADA DE VEHÍCULOS:
Si la documentación abajo indicada se encuentra dentro de su vehículo,
no olvide recogerla primero, puesto que será necesaria su presentación en
caja para gestionar la retirada. A continuación, le
será facilitada una hoja de salida que deberá ser exhibida junto con su documentación
identificativa para que podamos proceder a la entrega del vehículo. Para cualquier
aclaración que precise sobre la documentación requerida, le rogamos contacte con nosotros
en el teléfono de atención al ciudadano 91 787 72 92. A su vez, en los casos de Robo, Falta de Documentación, Alcoholemia o Drogas, Vehículos a Disposición Judicial, impago de impuesto de Aduanas LIE, Placas Falsas, vehículos precintados, abandonados, minimotos, y otros casos especiales, es necesario que contacten en el 91 787 72 92, donde se les informará de las particularidades propias de cada uno de estos casos.
1º. Si la persona que retira el vehículo es el TITULAR, deberá presentar:
- Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia.
- Documentación original del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
2º. Si la persona que retira el vehículo NO es el TITULAR, deberá presentar:
- Documentación original del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
- Autorización original firmada por el titular del vehículo.
- Fotocopia del DNI del titular del vehículo o Permiso de Conducción o Pasaporte
o Permiso de Residencia.
- Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso
de Residencia de la persona autorizada.
3º. Si el titular del vehículo es una PERSONA JURÍDICA, la persona que retire el vehículo deberá presentar:
- Escritura original o copia auténtica de constitución de la sociedad y Escritura original o copia auténtica de apoderamiento
o Documento original de la empresa con firma y sello de la misma, donde figure autorización expresa a la persona que acude
a retirar el vehículo y fotocopia del DNI de la persona que firma el certificado.
- Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona
apoderada o de la autorizada.
- Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación original justificante
original emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
4º. Si la persona que retira el vehículo es una EMPRESA DE RENTING O LEASING, la persona que retire el
vehículo deberá presentar:
- Contrato original en vigor del arrendamiento o fotocopia compulsada del mismo.
- Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia de la persona que retira el vehículo.
- Documentación original del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación o justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
- En caso de autorizado: Autorización original firmada por el titular (PERSONA FÍSICA) del contrato con Fotocopia de su
DNI (o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia), o bien Documento Original de
la empresa titular del contrato, con firma y sello donde figure la autorización expresa a la persona que vaya a retirar
el vehículo.
5º. Si la persona que retira el vehículo es el CONDUCTOR HABITUAL, deberá presentar:
- Documento original: DNI o Permiso de Conducción o Pasaporte o Permiso de Residencia.
- Documentación original del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación justificante emitido por gestor administrativo colegiado en vigor.
- Original de la Póliza de seguro en vigor donde figure que es el conductor habitual del vehículo, o Documento Original de la Compañía de Seguros que así lo indique.
AUTORIZACIONES A TERCERAS PERSONAS: La persona autorizada a retirar un vehículo, podrá a su vez autorizar
la retirada del vehículo a una tercera persona, que deberá aportar:
- Escritura original o copia compulsada de constitución de la sociedad y de apoderamiento o Documento original de la empresa con firma y sello en caso de PERSONA JURIDICA o Póliza
o Documento Original de la Compañía de Seguros con identificación del CONDUCTOR HABITUAL.
- Autorización expresa y fotocopia del DNI o documento equivalente del autorizado o conductor habitual.
- Documentación identificativa original de la tercera persona que acude a retirar el vehículo.
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TASAS DE GRÚAS Y ESTANCIAS DEL AÑO 2009 / 2010:
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Precio Traslado Grúa |
Motocicletas, ciclomotores, bicicletas, carros y similares |
Turismos y vehículos de características análogas |
Camiones, tractores, remolques, camionetas, furgonetas, todoterreno, monovolumen y vehículos análogos |
Vehículos superiores a 5.000 kg |
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59,25 € |
144,70 € |
178,05 € |
178,05 € * |
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Precio Estancia / hora |
Motocicletas, ciclomotores, bicicletas, carros similares |
Turismos, camionetas, furgonetas y vehículos de características análogas |
Camiones, tractores, remolques, camionetas, furgonetas, todoterreno, monovolumen y vehículos de características análogas
con tonelaje superior a 1.000 Kg sin rebasar los 5.000 Kg |
Vehículos superiores a 5.000 Kg |
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0,75 € |
1,85 € |
3,70 € |
4,35 € |
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Precio Estancia máxima / día |
8,30 € |
18,85 € |
37,75 € |
66,70 € |
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Precio Transportes Complementarios |
Entre depósitos del casco urbano |
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10,05 € |
55,95 € |
81.40 € |
81,40 € ** |
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A depósitos de la periferia |
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13,20 € |
66,70 € |
111,25 € |
111,25 € ** |
* incrementado en 28,10 € por cada 1000kg o fracción que exceda de los 5000kg.
** incrementado en 33,10 € por cada 1000kg
o fracción que exceda de los 5000kg.
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LE ROGAMOS CONSULTE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA, PARA SOLVENTAR CUALQUIER
DUDA SOBRE LAS TASAS APLICABLES. |
No están sujetos a la tasa la retirada y depósito de aquellos
vehículos, que estando debidamente estacionados, sean retirados por impedir y obstaculizar la realización de un servicio público de carácter urgente como extinción de incendios, salvamentos y otros de naturaleza análoga etc.
Tampoco están sujetos a la tasa en el supuesto de vehículos robados, circunstancia que deberá acreditarse mediante la aportación de la copia de la denuncia presentada por su sustracción, sin perjuicio de las comprobaciones que se efectúen por la Policía Municipal o por los Agentes de Movilidad.
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