Carril Bus-taxi-moto

 Según lo establecido en el artículo  29 de la Ordenanza General de  Movilidad del 27 de Septiembre de  2005, se autoriza a las motocicletas  a circular por carriles actualmente ya  reservados para autobuses y taxis.

  
carril bus-taxi-moto en CastellanaCon esta medida se trata de obtener un máximo rendimiento del viario disponible y garantizar una eficacia y seguridad máximas para el conductor de este vehículo, a la vez que potencia su uso como medio de transporte.


Señal carril bus-taxi-moto  Estos carriles reservados a la circulación de  autobuses, taxis y motocicletas estarán  señalizados mediante la correspondiente  señal con la dimensión, colores e  inscripciones recogidas en el Anexo 1 de  la instrucción antes mencionada.





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